
DE LA COORDINACIÓN Y DEL CON QUIEN
Bajo títulos tan atractivos como “Spanish cadastre: Collaborative maintenance and dissemination”, “Increasing legal certainly and transparency in Spain”, “Inspire services of the Spanish Directorate General for Cadastre and its use to resolve an old problem of coordination between Spanish Cadastre and Land Registry” o “Smart Successful Cadastral New Tools for Real Estate Registration: ‘all in 16 digits’” se han hecho presentaciones de las bondades teóricas del sistema adoptado tras la Ley 13/2015 en conferencias y talleres a lo largo de todo el continente y parte de Iberoamérica. Sin embargo, lo que realmente trasciende al abundar en la materia es un constante ejercicio de ombliguismo. Coordinense los demás conmigo, parece ser lo que practica la Dirección General Catastro pese a predicar lo contrario.
La actitud catastral, desde la aprobación de la citada ley, de reforma de la LH y TRCI y que dio lugar a la llamada coordinación Catastro-Registro, ha venido acompañada por un renovado, irritante —por momentos— y elevadísimo —siempre— autoconcepto del órgano fiscal.
Para empezar ha dado por adjudicadas para sí unas competencias legales que nadie le atribuía —ni le atribuye— pero, en su arrebatadora magnificencia de pantagruélico instrumento publico, poco le ha importado eso. De ser un organismo fiscal, y por tanto, administrativo, con las limitaciones que esto tiene respecto de la fragilidad jurídica de sus resoluciones y la facilidad de recurso sobre las mismas, ha decidido compararse con organismos de mucha mayor solidez jurídica. No solo de mucha mayor, sino de la máxima.
Pero es que para seguir, poco parecen importarle las críticas a su constante intromisión en tareas y funciones que no conoce y en las que ha demostrado ser incompetente. Ha forzado la inclusión de su información en el tráfico inmobiliario sin haber hecho la necesaria reflexión sobre la calidad y objetivos de sus datos.
¿Ha pervertido con ello el espíritu original de la reforma o ya lo era, veladamente?
No obstante, tampoco creo que haya una intencionalidad perversa en ello. Más bien la ingenua predisposición de quien quiere ayudar pero, por desconocimiento o incompetencia, termina por empeorar la calidad del asunto, para luego desentenderse porque le abruma o le supera —condición que ya se sabía de inicio—. El personaje bonachón, nada insidioso, pero que siempre termina poniendo en aprietos al protagonista.
Ejemplo de ello es una de las últimas medidas adoptadas: la creación de una herramienta de edición CAD que trabaja sobre su visor para generar Informes de Validacion Gráfica —garantizando, además, su resultado positivo, como si esto fuese lo que caracteriza la calidad de la actuación—. Pero es que no es nuevo. Viene, simplemente, a sumarse a la lista de despropósitos que ya habían crecido al albur del visor estrenado este año 2018.
Podría parecer que sufro un ataque agudo de corporativismo profesional pero, aunque no niego que es un acto necesario en estos tiempos en los que cualquiera dice poder cualquier cosa y cuesta horrores convencer de lo contrario, no es el caso. Lo que realmente hay detrás es un genuino sentimiento de desolación, salpicado de cierta desesperación, al ver la constante intromisión irresponsable, que termina haciendo que el particular, ingenuo y lego en la mayor parte de los casos, se crea aquello tan antiguo de que se den duros a cuatro pesetas, y que la tecnología que Catastro pone a disposición del ciudadano está ahí para facilitarle la vida; cuando la realidad es bien distinta y es más probable que le aboque a gastos infructuosos de tiempo y de dinero. Catastro transmite la idea de que los profesionales especializados somos meros asaltacaminos, innecesarios, que parasitamos una sencilla gestión administrativa que uno mismo puede hacer desde su sillón y con un par de clicks de ratón.
Desarrollo de la anterior idea, más allá del refunfuñar solitario, es pensar en quien asume la responsabilidad o advierte, desde Catastro, de las condiciones legales y administrativas que conlleva toda operación de alteración inmobiliaria: círculos inscritos, superficies mínimas, frentes a viario público, limitaciones proindiviso, afecciones a dominio público, servidumbres necesarias, y un largo etcétera. Nadie. Catastro lanza la información al aire. Bienintencionada, sin duda, aunque más perniciosa que beneficiosa.
Y ocurrirá entonces que, cuando el particular, de buena fe, aproveche su redistribución parcelaria para, ya que estamos editando, arreglar aquel defecto de Catastro que lleva arrastrando años, y al colindante le llegue la notificación del operador jurídico, que si se toma en serio sus funciones, ya tendremos el lío montado.
O pasará, también, que el pícaro de turno, queriendo aprovechar el defecto de Catastro para coordinar esa “realidad” y ganar terreno en el ámbito jurídico cuando solo lo tenía ganado en el fiscal, lo consiguiese, de no ser, una vez más, por los operadores jurídicos que permanecen alerta para notificar a posibles afectados.
Entrará entonces, y gracias a las garantías y filtros del sistema de seguridad preventiva, la caballería de aquellos profesionales ninguneados por Catastro, cargados de argumentos de oposición al acto jurídico, y pondrán las cosas en orden, para fortuna del tercero afectado por la chapuza. Pero ya el promotor del asunto habrá desperdiciado sus recursos.
Hace poco me explicaba un Registrador de la Propiedad, con quién tengo el gusto de intercambiar pareceres, que el Registro en nuestro país es “de difícil entrada, pero de imposible salida”, en referencia a la solidez de sus pronunciamientos y en comparación con otros modelos europeos de control. Esta garantizada, por tanto, la seguridad del titular regístral; pero si dicen que una cadena es tan fuerte como su eslabón más débil, ¿Hasta qué punto medidas como la comentada favorecen el reforzamiento de la seguridad jurídica inmobiliaria? Está por ver.